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EDICIÓN ESPAÑA

Se superó el límite de un año para la inspección

Barceló se libra por 23 días de una multa de Hacienda de 11 millones

El grupo Barceló ha ganado una batalla a Hacienda. Una sentencia de la Audiencia Nacional, hecha pública el pasado 6 de marzo, estima el recurso presentado por el grupo al considerar que la Agencia Tributaria sobrepasó el límite de un año fijado para la labor de inspección por las declaraciones del impuesto de Sociedades del grupo en 2006 y 2007, informa Cinco Días.

Los hechos se remontan a 2011 cuando la Delegación Central de Grandes Contribuyentes presentó una liquidación por importe de 11,2 millones de euros contra el grupo empresarial copresidido por Simón Pedro Barceló por irregularidades en la declaración del impuesto de Sociedades en 2006 y 2007. En concreto, la inspección investigó las deducciones por reinversión de beneficios extraordinarios, la deducción por doble imposición interna y la compensación de bases imponibles negativas de períodos anteriores supuestamente no aplicadas en una operación de cesión global de activos y pasivos desde Barceló Cruceros Marítimos (BCM) en valor de Barceló Corporación Empresarial (BCE).

Barceló Hoteles consideraba que la citada operación se había realizado en un ejercicio prescrito y que además concurrían “motivos económicos válidos” que justificasen la aplicación del régimen de neutralidad fiscal, por lo que recurrió la citada liquidación ante el Tribunal Económico Administrativo Central, que desestimó en 2015 la demanda. Barceló continuó su batalla legal y presentó un nuevo recurso ante la Audiencia Nacional, que esta vez sí le ha dado la razón.

La sentencia de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo toma en consideración el primer argumento del recurso en el que se solicitaba la prescripción del derecho de la Administración al liquidar por incumplimiento del plazo máximo de doce meses de duración de las actuaciones inspectoras. Así, el texto establece que el 19 de julio de 2011 se inició la actividad inspectora y la notificación de la liquidación se produjo el 12 de septiembre de 2012.

En su argumentación, la Audiencia Nacional concluye que a los doce meses que fija de límite la ley para la labor inspectora habría que añadir 30 días adicionales por las solicitudes de aplazamiento, por lo que la notificación debería haberse realizado el 19 de agosto de 2012 y no el 11 de septiembre como finalmente se realizó. Esa diferencia de 23 días es la que provoca que la Audiencia considere que prescribiera el derecho de la Administración, en este caso la Agencia Tributaria, “a determinar la deuda mediante la liquidación”, según Cinco Días.


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    5 Comments
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    C. B.
    4 años

    Salvado por la campana. Muy bien, Barceló se salva porque la Administración no anduvo lista. La pregunta, no obstante, es: ¿hizo o no hizo trampas Barceló?

    Peter
    4 años

    Si Barcelo hizo trampas deberia pagar a Hacienda (que somos todos) y en todo caso multar a los inspectores que hicieron mal su trabajo, pero nunca perdonar una infraccion

    Ringo
    4 años

    Para mi lo importante de esta noticia es que, afortunadamente, las leyes y los jueces garantizan que la Administración tambien cumple con sus propios plazos y obligaciones para dar seguridad jurídica y evitar posibles arbitrariedades frente a los administrados, que somos todos nosotros. Menos mal!! ??????

    A.G.S.
    4 años

    En la empresa privada esos inspectores estarían en la calle y al paro. Pero como son funcionarios, se van de rositas y a otra cosa. No me parece justo. Y es un agravio comparativo con el resto de españoles que si pagamos nuestros impuestos (aunque no nos guste).

    Seabird
    4 años

    Estamos hablando de 11 M de €!!!!!

    No creo q sea una simple negligencia de uno, dos o tres funcionarios. Debe de ser el momento de investigar q ha ocurrido y buscar responsables. Probablemente tirando de la manta se encuentren a todos los niveles empezando por el defraudador.

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