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EDICIÓN ESPAÑA

Opinion

Apartamentos Turísticos Vs viviendas con fines turísticos

El principal problema que nos encontramos hoy en día los empresarios de establecimientos de
alojamiento turístico es la confusión que genera la existencia de dos tipologías de alojamiento
turístico que, según reconoce la Junta de Andalucía, son figuras diferentes y, por tanto, según
la propia Junta de Andalucía, precisan de un ordenamiento legislativo diferenciado.

Entendemos que, si bien diferentes, ambas son ACTIVIDADES ECONÓMICAS. Desterremos la
falsedad de la economía colaborativa cuando hablamos de ‘NEGOCIO’. Y, sobre todo,
hablemos TODOS con propiedad para evitar generar malinterpretaciones en la opinión pública.

Todos hemos paseado por nuestras hermosas calles de ciudades y pueblos granadinos y hemos
visto unas placas azules en los portales de algunos edificios o viviendas con el rotulo ‘AT’, de
color blanco. ‘AT’ significa Apartamento Turístico. Esta es la norma aplicable y esto dice la
Junta de Andalucía al respecto en su Decreto 194/2010, de 20 de abril, de establecimientos
de apartamentos turísticos:
…Andalucía carecía de una regulación autonómica de los apartamentos turísticos y, mediante
el Real Decreto 39/2010, de 15 de enero, se ha derogado, entre otras normas, la Orden del
Ministerio de Información y Turismo de 17 de enero de 1967, por la que se aprueba la
ordenación de apartamentos […] que era de aplicación supletoria a los apartamentos turísticos
en Andalucía.

Es decir, los Apartamentos Turísticos han sido y son una modalidad de alojamiento conocida,
usada y regulada en Andalucía desde hace bastantes años. Una modalidad que ha dado
respuesta a una demanda turística nacional e internacional que buscaba alternativas a los
establecimientos hoteleros. Esta opción de alojamiento está dirigida básicamente a familias,
procedentes de destinos de media y larga estancia, que buscan compartir un espacio mayor
que una habitación y hacer uso de instalaciones complementarias como, por ejemplo, la
cocina.

Esta tipología de turismo no le es extraña al sector de alojamiento de Andalucía y
participa, desde hace muchos años, de los mismos canales de comercialización que los hoteles
por lo que, al igual que estos, ha sufrido la disrupción tecnológica que ha afectado a la manera
de comercializar sus unidades de alojamiento.

Hace dos años, la Junta de Andalucía introdujo una nueva tipología de apartamentos con su
Decreto 28/2016, de 2 de febrero, de las viviendas con fines turísticos y de modificación
del Decreto 194/2010, de 20 de abril, de establecimientos de apartamentos turísticos, que
establece lo siguiente:
Así, los requisitos requeridos (para las viviendas con fines turísticos) son más reducidos que los
que se imponen a otros alojamientos turísticos… Por otra parte, se procede a la modificación
del Decreto 194/2010, de 20 de abril, de establecimientos de apartamentos turísticos, figura
diferente de las viviendas con fines turísticos.

(Presidente de los hoteleros de Granada)

La Federación Provincial de Empresas de Hostelería y Turismo de Granada lleva años alertando
sobre esta problemática y para ello constituyó en el año 2014 la Mesa por la Competencia
Desleal. Dada la transversalidad de la actividad turística, se convocó a esta Mesa a todas las
administraciones y todos los servicios públicos que entendíamos que podían aportar reflexión
y debate a este problema en ciernes hace años, ayer amenaza y hoy realidad que perjudica la
rentabilidad empresarial.

Desde el primer momento hablamos de competencia desleal. No se trata únicamente de que
sea legal o ilegal. Es evidente que hace falta un marco normativo para que una actividad sea
legalizada.

El Gobierno de España dejó pasar la oportunidad de legislar de manera sencilla lo que suponía
el alquiler turístico y lo que no, atendiendo a una modificación puntual de la Ley de
Arrendamientos Urbanos. Al no hacerlo, le pasó la patata caliente a las Comunidad Autónomas
para que cada una legislara esta actividad turística, pues las competencias están transferidas.

Esto ha dado pie a un sinfín de normativas para regular lo mismo, aunque siguiendo distintos
criterios. Pero hay uno que es común para todas: no pueden aplicar criterios económicos a su
legislación porque el Ministerio de Economía/Hacienda de turno no reconoce esta actividad
como económica y, por tanto, cualquier particular puede dedicarse a ella.

En septiembre de 2014 ya dijimos públicamente que “como no hay que pagar IVA (basta con
un recibo); como no hay que pagar la prevención y control de la legionelosis …, como no hay
que pagar el servicio de prevención contraincendios (formación, plan de evacuación,
extintores), como no hay que pagar el servicio de prevención de riesgos laborales (formación,
adecuación de las instalaciones y entornos de trabajo)…, como no hay que pagar la SGAE …
como no hay que pagar la protección de datos, como no hay que pagar el control de plagas…,
como no hay que pagar asesorías jurídica, fiscal o laboral …, como no hay que pagar seguros
sociales, LA COMPETENCIA DESLEAL ESTÁ SERVIDA…”.

Haciendo memoria: ¿desde cuándo se habla de turismofobia, de alza de precios de alquiler, de
despoblamiento de los centros, de la masificación…? En resumen, ¿desde cuándo se habla de
los problemas que genera el turismo?
Años de dinero invertido en una magnifica promoción del destino para que vengan los
ansiados turistas y ahora resulta que van a ser los malos de la película…

El Ayuntamiento de Granada, por unanimidad, ha tomado buena nota y actuado en
consecuencia. Solicitaremos este mismo respaldo a otros ayuntamientos de la provincia y, a
través de la Federación Andaluza de Hoteles, Apartamentos Turísticos, Hostales y Pensiones
(FAHAT), de Andalucía.

Porque la respuesta de la administración no puede ni debe ser una tasa turística, que
terminaría de destrozar la competitividad del destino.
Y, mientras, el “avaricioso empresario” a cumplir, a callar y a pagar impuestos. Pues va a ser
que ya no.


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    1 Comment
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    Alejandro
    5 años

    Es necesaria una regulación a nivel nacional y que no europeo para empezar a controlar este tipo de actividad en muchos casos fraudulenta y desleal. Una ínfima minoría de los llamados apartamentos vacacionales tienen licencia y actúa de una manera correcta. El resto son agujeros de dinero negro y economía submergida que muy poco tienen que ver con lo que muchos quieren etiquetar de "economía colaborativa". En algunas provincias los arrendatarios están siendo echados de las viviendas para dar paso a estos pisos turísticos, los precios de alquileres y ventas de viviendas está por las nubes. Estoy a favor de un sector y una oferta complementaria a la planta hotelera, pero tiene que haber una regulación porque es injusto que a fin de cuentas se enriquezcan unos pocos gracias a unos vacios legales y que el resto de los ciudadanos y/o turistas salgan perjudicados por esta oferta descontrolada.

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