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EDICIÓN ESPAÑA

Por su alianza con CCOO

Ryanair gana la batalla judicial contra USO y Sitcpla

La Audiencia Nacional no ve visos de vulneración del derecho a la libertad sindical y tumba las demandas presentadas
“Resulta razonable que Ryanair buscara otro interlocutor para desbloquear la situación enquistada”

La Audiencia Nacional ha dado la razón a Ryanair en la guerra judicial abierta con USO y Sitcpla. Los sindicatos presentaron una demanda el pasado mes de octubre acusando a la compañía y a CCOO de vulnerar el derecho a la libertad sindical, tras el acuerdo “extraestatutario” firmado entre ambos en el que pactaron nuevas condiciones laborales para los tripulantes de cabina. (USO y Sitcpla llevan a Ryanair y CCOO ante la Audiencia Nacional)

La justicia ha desestimado el requerimiento presentado, apuntando que “no se considera contrario a la libertad sindical de los TCP que la aplicación a cada uno de ellos de los acuerdos alcanzados se condicione a su previa afiliación a CCOO”. La sentencia hace referencia al STC108/89, que expone que “de la libertad sindical se deduce también la posibilidad de pluralismo sindical, y por ello, la existencia de otros sindicatos también facultados para negociar convenios colectivos”. (Ryanair responde a USO con un nuevo acuerdo con CCOO)

“El análisis de los pactos alcanzados entre Ryanair y CCOO no permite apreciar que se limitara la libertad de los no afectados por el acuerdo extraestatutario, al no resultarles obligada su aplicación, ni que lo pactado se refiera a materias que de forma general afectaran a todos los TCP de la empresa, máxime cuando nada se alega al respecto”, apunta.

El texto prosigue indicando que de firmarse ambos pactos extraestatutarios, “podrían convivir sin colisión, al ser distintos sus ámbitos subjetivos de afectación”. Además, tras las numerosas rupturas en las negociaciones con USO y Sitcpla, “resulta razonable que Ryanair buscara otro interlocutor para desbloquear la situación enquistada”.

En resumen, la Audiencia Nacional sentencia que “alegar que alcanzar acuerdos vía negociación colectiva con un sindicato supone su promoción ilícita y constituye un acto de injerencia en la libertad sindical de los que se han excluido o no han sido elegidos para suscribirlos, conduciría a la irrazonable conclusión de que todo acuerdo negocial en el que no participaran y suscribieran todos los sindicatos existentes en la empresa, sería contrario a la libertad sindical”.

 


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    2 Comments
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    Rita
    1 año

    Una basura de compañia aérea. Sus viajeros son un quiero y no puedo

    Ex FR
    1 año

    Esta recurrida esta sentencia así q esta info no es definitiva ni mucho menos...mis ex compañeros se merecen mejores condiciones!! Ánimo chic@s!!

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