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EDICIÓN ESPAÑA

Aerolíneas | La normativa española contradice el derecho de la Unión

Las aerolíneas pueden cobrar por el equipaje, según la UE

El recargo por equipaje es legal según el Derecho de la Unión Europea. Esto contradice la normativa de España que prohíbe a las aerolíneas cobrar por la facturación en concepto de suplemento opcional del precio. El Abogado General estima que la normativa española no es compatible con el Derecho de la Unión, ya que choca con el principio de libertad de fijación de precios.

 

Solo se puede prohibir el cobro en el caso de las líneas aéreas sometidas a una obligación de servicio público, y de las exacciones impuestas por los poderes públicos o los gestores de los aeropuertos, según recoge el digital Actualidad aeroespacial.

 

En agosto de 2010 el Instituto de Consumo de la Comunidad Autónoma de Galicia impuso a Vueling una sanción administrativa de 3.000 euros tras la denuncia de una pasajera a la aerolínea por cláusula abusiva, ya que tuvo que abonar un recargo de 40 euros por facturación en línea de dos maletas.

 

Ante la duda, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo preguntó al Tribunal de Justicia Europeo. Para la Unión Europea es imprescindible que la actividad de todas las compañías aéreas esté regida por normas comunes para el conjunto de los Estados miembros de la Unión.


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