Ryanair denigró a Rumbo al emplear públicamente afirmaciones como “timan a sus clientes”, son unos "bastardos que dañan a los clientes de Ryanair y venden más caro" o son "parásitos del sector". Así lo ha determinado el Tribunal Supremo que ratifica en parte una sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid de marzo de 2012.
En ella se ordenaba a la aerolínea irlandesa el cese de la cancelación de reservas realizadas a través de Rumbo, una medida iniciada en el verano de 2008 y que llevo a la OTA a presentar una demanda por competencia desleal. Además se le conminaba a dejar de realizar manifestaciones denigratorias contra las agencias online.
Ahora el Supremo confirma que las expresiones empleadas por Ryanair no están amparadas por la libertad de expresión sino que se trata de “mensajes insultantes, insidias infamantes y vejaciones que provocan objetivamente el descrédito de Rumbo". No obstante, el Alto Tribunal también estima parcialmente el recurso presentado por la low cost irlandesa y dictamina que no cometió un acto de competencia desleal pues el perjuicio lo "sufrió de forma directa" la clientela.
La Sala Civil del TS señala que Rumbo no está legitimada para alegar discriminación en materia de condiciones de venta después por la negativa de Ryanair a prestar servicios a los consumidores.
Qué diría el Supre de los comentarios habituales de FACUA contra Ryanair diciendo que engaña también a sus clientes?