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EDICIÓN ESPAÑA

Los hoteles no se librarán de pagar por la música

Irlanda ha fracasado en su intento por eximir a los hoteleros del pago de los derechos de autor por emitir música en sus establecimientos. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha emitido una sentencia contraria a la legislación irlandesa y ha recordado que el derecho comunitariono permite a los Estados miembros exonerar al establecimiento hotelero que lleva a cabo un acto de comunicación al público de un fonograma de la obligación de abonar tal remuneración”.

 

Para el TUE, la difusión de música en las habitaciones de un hotel “reviste un carácter lucrativo”, dado que el organismo considera que “es una prestación de servicios suplementaria que influye en la categoría del hotel y, por tanto, en el precio de las habitaciones”, informa EP.

 

Por ello, los hoteles seguirán obligados a pagar una “remuneración equitativa” por poner música en sus instalaciones, tanto si proporciona a sus clientes aparatos de televisión o radio como si lo hace a través de discos en formato físico o digital que puedan reproducirse en esos aparatos. En cambio, el mismo Tribunal ha emitido otro dictamen en el que libera a los dentistas del mismo pago, al entender que en este caso no hay "comunicación al público".

 

No obstante, recientemente la Comisión Nacional de la Competencia ha dado la razón a la patronal hotelera Cehat al calificar de “injustas” y “abusivas” las  tarifas que los alojamientos turísticos españoles deben pagar a los productores audiovisuales agrupados en EGEDA por los aparatos de televisión de las habitaciones. El organismo audiovisual ha recurrido la resolución de la CNC ante la Audiencia Nacional.

 

 


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