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EDICIÓN ESPAÑA

El nuevo acuerdo está vigente desde hoy 1 de octubre

VECI: garantizados los empleos hasta febrero de 2022

La renuncia a procesos de despido colectivo y el complemento del plus de transporte, dos de los gestos de la empresa con su plantilla
Se harán calendarios para todo el periodo de duración del ERTE, pudiéndose modificar mensualmente

Como adelantó Preferente, el pasado viernes 25 de septiembre la dirección de Viajes El Corte Inglés y los sindicatos con representantes en la mesa negociadora (SPV y CCOO) llegaron a un acuerdo para la puesta en marcha de un nuevo ERTE Etop (Hay acuerdo: el ERTE de Viajes El Corte Inglés se amplía hasta el 31 de agosto). Estará vigente desde hoy, día 1 de octubre, hasta el 31 de agosto de 2021, seis meses más que el anterior, que vencía el 28 de febrero.

El punto más destacable es la garantía de empleo de la empresa, que se compromete a no promover ningún proceso colectivo de extinción de contratos hasta el 28 de febrero de 2022, seis meses después de la finalización del ERTE. Más allá de esta cuestión tanto SPV como CCOO desgranan los términos más relevantes de un expediente que afectará a 4.748 trabajadores:

Se aplicará en forma de suspensión de contratos en días completos hasta un máximo del 80% o del 70% en reducción de horas. Al igual que en el anterior, se adaptará según las necesidades de cada puesto de trabajo o mes, no teniendo que afectar en el mismo porcentaje a todos los empleados. Los días de prestación se realizarán, preferentemente, en jornadas consecutivas, garantizando un mínimo de un 20% de prestación efectiva de servicios cada mes.

Se harán calendarios para todo el periodo de duración del ERTE, pudiéndose modificar mensualmente. No obstante, cualquier cambio en los mismos será notificado con la antelación suficiente a la persona afectada. Además, se generarán vacaciones de forma proporcional al tiempo trabajado. Aquellos empleados que no hayan disfrutado de las vacaciones de 2020, podrán hacerlo hasta el 31 de enero de 2021.

Los trabajadores adscritos a las delegaciones cerradas serán asignados a los centros de trabajo más cercanos. Quienes, por razones de distancia no puedan ser destinados a otro centro, prestarán servicios mediante teletrabajo. La empresa se compromete a estudiar las preferencias de los trabajadores respecto del centro de destino y atenderlas si resulta organizativamente posible.

El concepto plus de transporte será proporcional a los días trabajados y se abonará un complemento ERTE por los días de suspensión. La suma de ambos conceptos será el equivalente al plus de transporte íntegro, según convenio de 115,69 euros por 11 mensualidades.

Excedencia voluntaria con reserva de puesto de trabajo durante un máximo de seis meses, prorrogable hasta la finalización del ERTE. Se podrán denegar a trabajadores cuyo perfil sea necesario por criterios organizativos. Finalizará por el transcurso del tiempo acordado o porque haya una reactivación relevante de la actividad que requiera la reincorporación del trabajador con el 100% de su jornada.

Se ha elaborado un plan de formación para favorecer la polivalencia y mejorar la empleabilidad de los trabajadores afectados y será computable a los efectos del sistema de evaluación (NOL).


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    4 Comments
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    Zur
    3 años

    Sabe alguien si estando al 100% consumimos dias de paro?

    Pasaba por aquí
    3 años
    Reply to  Zur

    Pregunta a Pedrito/Pablito...

    Una afectada mas
    3 años
    Reply to  Zur

    Pues en un principio no consume paro. Es lo que se ha firmado hasta 31 de enero de 2021 y es para aquellos ERTES de fuerza mayor o los ETOP que vienen derivados del COVID19

    El corte chino
    3 años

    Garantiza el empleo. Por llorar

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