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EDICIÓN ESPAÑA

Fallo histórico de Europa contra las aerolíneas

Los pasajeros deben ser indemnizados incluso en una huelga ilegal

Los jueces de la Corte Europea de Justicia dictaron un fallo histórico: condenan a las aerolíneas a indemnizar a sus pasajeros no sólo cuando los retrasos y cancelaciones se deban a causas operativas atribuibles, sino también cuando sean el resultado de huelgas, incluso ilegales, convocadas o llevadas a cabo por sus trabajadores.
La sentencia da la razón a los pasajeros de Tuifly que en octubre de 2016 se quedaron en tierra en media Europa al ponerse en huelga súbitamente sus pilotos –en realidad alegaron masivamente estar enfermos, dejando a los clientes en tierra en casi toda Europa–, en protesta por una negociación colectiva con la que no estaban de acuerdo. La compañía alegó que estos retrasos y cancelaciones no podían ser atribuidos a la aerolínea sino a los pilotos, por lo que se negaba a pagar las correspondientes indemnizaciones.
La decisión del tribunal de Luxemburgo es de aplicación obligatoria en todos los países de la Unión, incluido el Reino Unido, lo que obligará en siguientes huelgas a que las aerolíneas paguen cantidades de dinero importantes en indemnizaciones.
El reglamento 261/2004 de la Unión Europea permite a las aerolíneas no pagar las indemnizaciones cuando los retrasos o cancelaciones tengan lugar por “causas excepcionales”. ¿Qué es una causa excepcional? Hasta ahora las aerolíneas interpretaban que una huelga estaba más allá de su alcance, pero ahora los tribunales han interpretado que también deben pagar cuando haya una huelga, incluso en el caso de que sea ilegal, como pasó con los pilotos de Tuifly.
Esta decisión, por ejemplo, supondrá probablemente un pago de unos 30 millones de euros de compensaciones por parte de British Airways, cuyo personal de cabina en julio pasado llevó a cabo una huelga de 16 días, que se extendió durante un tiempo en agosto, afectando a unos 60 mil pasajeros. Ahora la compañía deberá indemnizarlos. Hay que recordar que los pasajeros tienen dos años para presentar las correspondientes demandas.



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    5 Comments
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    volando voy
    6 años

    lo lógico es que haya una demanda masiva de reclamaciones contra BA, AF, LH y proximamente contra Vueling (salvo si actua de determinada manera).... porque son unos zorros.... A mi una compañía no me quiso pagar porque alegaban que habia habido niebla 48 horas antes y se quedaron tan anchos, y encima prefirieron ir a juicio, y perdieron claro.....

    cosas que pasan cuando vuelas
    6 años

    lo lógico es que haya una demanda masiva de reclamaciones contra BA, AF, LH y proximamente contra Vueling (salvo si actua de determinada manera).... porque son unos zorros.... A mi una compañía no me quiso pagar porque alegaban que habia habido niebla 48 horas antes y se quedaron tan anchos, y encima prefirieron ir a juicio, y perdieron claro.....

    Transcripcion
    6 años

    A ver, a ver. ¿Como es eso? ¿Asi que la compañia tiene que pagar las indemnizaciones aunque se trate de una huelga ilegal de sus pilotos?
    Los controladores deben estar dando palmas con las orejas.
    Lo siento por AENA.
    O asi deberia ser ¿no?

    menos mal que existe el TJUE
    6 años
    Reply to  Transcripcion

    No exactamente, leete la sentencia, y verás que no es así, y el argumento del TJUE es bastante lógico y coherente

    Please
    6 años

    Se agradeceria una ampliacion de lo que dices. Leer e interpretar una sentencia es algo un poco tedioso que nos puedes ahorrar. Gracias.
    Pero es de suponer que el tribunal ha sentenciado en base a legislacion preexistente. A no ser que aena quiera acogerse a cosa juzgada.
    Por otra parte es que la cosa parece de cajon. Un cliente contrata con la empresa, no con cada una de las partes que la integran.

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