La Audiencia Nacional ha desestimado la demanda presentada por los sindicatos UGT y Comisiones Obreras contra el SPV y Viajes El Corte Inglés por la modificación de las condiciones de trabajo que supuso una reducción de jornada y de sueldo para los más de 4.000 trabajadores de la red minorista.
La sentencia dictada por la Sala de lo Social de la AN establece que, en contra de lo que decían UGT y CCOO, el Comité Intercentros “tenía la legitimación inicial suficiente” para negociar ese cambio en las condiciones laborales porque el convenio de agencias le atribuye ese cometido.
Por el contrario establece que “en el presente caso no están legitimados para intervenir como interlocutores ante la dirección de la empresa las secciones sindicales demandantes, porque no se acredita que tenga la representación mayoritaria en los comités de empresa o entre los delegados de personal”.
Contra la citada sentencia se puede interponer un recurso de casación en el Tribunal Supremo en el plazo de cinco días.
Como casi siempre, lo sindicatos haciendo el payaso, que es lo que verdaderamente hacen bien. Y si no, ahí está la sentencia, no lo digo yo.